MATERIALES ADICIONALES
PRESENTACIÓN DEL CASO: LA RENEGOCIACIÓN DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS
PÚBLICOS DE LA ARGENTINA EN LA EMERGENCIA ECONÓMICA.
Por: Ariel R. Caplan, Representante de los Usuarios en la Comisión
Renegociadora de los Servicios Públicos.
1. ACLARACIÓN PRELIMINAR.
La renegociación en cuestión está en pleno desarrollo, por lo que este
trabajo tiene las limitaciones propias de quien da cuenta sobre un proceso
en curso.
Esta renegociación está signada no sólo por el debate entre el estado
nacional y algunos organismos internacionales sino también por los distintos
intereses en juego (estado nacional, estados provinciales, usuarios y
empresas prestadoras ) y especialmente por las contradicciones internas de
una administración nacional que no acierta en cumplir sus propias leyes y
decretos, rebelándose, a veces por vías de hecho, contra los controles que
se autoimpone tratando de socavar la participación de los usuarios en cuanto
advirtió que constituía un freno eficiente a cada acto de abuso o desvío de
poder que intentó.
2. EL CONTEXTO DE LA RENEGOCIACIÓN.
A principios de la década de los ‘90 en la Argentina se impulsó un proceso
de privatización de las empresas de servicios públicos (en ese entonces en
manos del estado) en un contexto en el que se iba produciendo una acelerada
concentración de la riqueza.
No es el objeto del presente analizar las ventajas o desventajas de la
gestión privada de los servicios públicos, ni señalar que el carácter
estatal o privado de quienes los gestionen u operen no garantiza de por sí
sólo su eficiencia y, menos aún, el debido respeto de los intereses y
derechos de los usuarios.
Entendemos que la política de privatizaciones, tal como fue ejecutada,
contribuyó a generar la crisis económica y social que padecemos puesto que
se transformó en un fin en sí mismo “... más que en un medio para un
crecimiento equitativo y sostenible. Así las políticas fueron llevadas
demasiado lejos y demasiado rápido, y excluyeron otras políticas que eran
necesarias. Los resultados han sido muy diferentes a los buscados.” O al
menos de los que se proclamaban perseguir.
A principios de la década del ‘90, casi coincidentemente con las primeras
privatizaciones, se combatió un proceso hiperinflacionario disponiendo un
tipo de cambio fijado por ley a una relación de igualdad con el dólar
americano ($1 = U$S 1), prohibiendo además la utilización de todo índice o
mecanismo de actualización y disponiendo que debían existir tantas reservas
como pesos en circulación a dicha paridad. Al mismo tiempo se fueron fijando
las tarifas en dólares americanos ajustadas al IPC de Estados Unidos. La
economía estaba en su mayor parte dolarizada, estando expresados en dicha
moneda la mayoría de los contratos, desde los más sofisticados hasta un
simple contrato de alquiler de inmuebles o sombrillas en una playa, pasando
por la mayor parte del ahorro público depositado en el sistema bancario.
A fines de 2001 estalló una grave crisis financiera que determinó que el
Gobierno Nacional restringiera el retiro de los depósitos bancarios que,
acompañado por un alto índice de pobreza, indigencia y desempleo motivó una
serie de protestas populares que derivaron en una efímero estado de sitio,
saqueos, la renuncia del Ministro de Economía primero y del presidente de la
Nación después.
Luego de la asunción de dos presidentes provisionales, la Asamblea
Legislativa eligió al actual presidente (Dr. Duhalde) para completar el
período del renunciante, no obstante lo cual Duhalde decidió entregar el
poder siete meses antes de lo previsto.
En este contexto y con el propósito de encarar la emergencia, el congreso
nacional dictó una ley de orden público dejando sin efecto el tipo de cambio
fijado al dólar y autorizando al ejecutivo a adoptar la política cambiaria.
Sedispuso la libre flotación con intervención estatal en el mercado de
cambios. Se fijaron todas las obligaciones expresadas en dólares a la misma
cantidad de pesos, haciendo lo mismo con las tarifas de los servicios
públicos. En los contratos entre particulares se estipuló el principio de la
renegociación entre las partes como forma de adecuar las prestaciones, las
que serían sometidas ante la justicia en caso de desacuerdo y se autorizó al
estado nacional a renegociar los contratos de servicios públicos para
adaptarlos al nuevo escenario económico. A tal fin se estableció “que
deberán tomarse en consideración los siguientes criterios: 1) el impacto de
las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los
ingresos; 2) la calidad de los servicios y los planes de inversión, cuando
ellos estuviesen previstos contractualmente; 3) el interés de los usuarios y
la accesibilidad de los servicios; 4) la seguridad de los sistemas
comprendidos; y 5) la rentabilidad de las empresas.”
La moneda nacional fue inmediatamente depreciada llegando en pocos meses a
su cotización actual, que implicó una devaluación del 360% en nueve meses,
quedando en evidencia la previa sobrevaluación del peso.
La renegociación de los contratos de servicios públicos podría contribuir a
revertir la crisis que atravesamos o bien agravarla. Para revertirla habría
que atender primero las necesidades y posibilidades de los usuarios y luego
los intereses de las empresas, puesto que los segundos están subordinados a
los primeros. Los monopolios y demás privilegios de explotación, en nuestro
sistema constitucional, se otorgan en beneficio de los usuarios y no de las
empresas, de lo contrario se trataría de privilegio incompatible con nuestra
forma republicana de gobierno. Una de las funciones del representante de los
usuarios en la renegociación de los contratos es recordarlo constantemente.
Especialmente a una administración que hasta el presente sólo escuchó la voz
de las empresas quienes, en defensa de sus intereses, hicieron abuso de sus
derechos obteniendo en la década del ‘90 utilidades muy superiores a la
media internacional y 7 veces más alta que las de las empresas líderes
nacionales no monopólicas. Lograron un beneficio de U$S9.000.000.000 por
aplicación de índices de ajuste que, si bien eran previstos
contractualmente, estaban prohibidos por ley, no se redujeron tarifas por
aplicación del principio de neutralidad tributaria, etc.
Si se tiene en cuenta que en los años previos a esta crisis las empresas de
servicios públicos distribuyeron cuantiosos dividendos a sus socios en
dólares adquiridos con los pesos recaudados, a una cotización subvaluada del
dólar, estamos frente a una clara transferencia de recursos de los usuarios
empobrecidos de un país en vías de mayor subdesarrollo a favor de los
accionistas de las empresas de servicios públicos del llamado primer mundo.
Esto se agravaría aún más si, contra la oposición expresa de la sociedad
civil, se permitiera aumentar las tarifas de los servicios públicos para que
sus prestadores hagan frente a la deuda que contrajeron al mismo tiempo que
distribuían dividendos entre sus cada vez más enriquecidos socios.
El Poder ejecutivo nacional creó una Comisión para llevar adelante el
proceso de Renegociación de todos los servicios públicos y elevar al
Ministro de Economía un proyecto de Contrato para su aprobación y remisión a
dos Comisiones Bicamerales, que deberían emitir un dictamen no vinculante
previo a la renegociación final.
El proceso de renegociación se encuentra hoy en la fase informativa.
Actualmente el eje de atención está centrado en el debate entre el estado,
que impulsa un aumento de emergencia por fuera de la renegociación y los
usuarios que a través de sus organizaciones técnicas, con el apoyo de otras
organizaciones sociales como sindicatos, asociaciones profesionales,
entidades y asambleas barriales, entidades agrarias, Mutuales, etc., se
oponen a tal procedimiento por considerarlo contrario al establecido por
ley.
La cuestión merece la atención esporádica de la prensa que se intensifica
cuando se produce algún acontecimiento puntual, como ser el impulso de tales
aumentos de emergencia por el Ministerio de Economía y su suspensión. Es
más, en una oportunidad el debate se sostuvo y se saldó a través de la
prensa donde el estado nacional anunció los aumentos, los usuarios se
opusieron fuertemente señalando que realizarían medidas de acción directa,
algunos parlamentarios expusieron su rechazo y finalmente el Ministerio de
Economía desistió de su planteo anuciándolo a los diarios y ratificándolo en
una audiencia otorgada a las Asociaciones de Defensa del Consumidor y a su
representante en la Comisión renegociadora.
Varios meses después el Ministerio de Economía impulsó audiencias públicas
para considerar aumentos tarifarios planteados por las empresas a
requerimiento del estado y la justicia; a pedido de las Asociaciones de
Consumidores patrocinadas por su representante en la Comisión Renegociadora,
ordenó suspender dicho proceso obligando al estado nacional a renegociar
íntegramente dichos contratos y, por lo tanto, no limitar el debate a la
cuestión tarifaria cuyo análisis carece de fundamento si se lo separa del
estudio de los costos, inversiones, utilidades pasadas y futuras, calidad de
servicios, cronograma de inversiones, etc.
En la actualidad la prensa tiene un rol activo como caja de resonancia de la
postura del estado, las empresas y los usuarios transparentando dicho
proceso. El poder legislativo está relegado a la participación de dos
Comisiones Bicamerales cuyo dictamen no resulta vinculante, aunque en caso
de intentarse alteraciones sustanciales de los contratos se requeriría su
ratificación por ley nacional. Y la participación de los usuarios está
signada por la conflictividad con el poder ejecutivo nacional, a quien su
representante en la Comisión debió iniciar un juicio para obtener la
documentación necesaria para ejercer la función para la que el mismo estado
lo designó. Y luego, juntamente con diversas asociaciones de usuarios,
cuestionaron judicialmente diversos actos otorgados por la administración
por fuera del proceso de renegociación a favor de distintas empresas, de los
que cabe destacar el iniciado para que no se impulsen aumentos por fuera del
proceso de renegociación amparados en una emergencia en los servicios que en
realidad no existe al tener las empresas superávit operativo. Este accionar
de los usuarios motorizó la actuación del poder judicial que, en ejercicio
de su rol constitucional de control de la legalidad de los actos de la
administración, suspendió una serie de medidas otorgadas por la
administración violando la participación de los usuarios y las limitaciones
y procedimientos que ella misma se impuso.
3. LA PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS TIENE CARÁCTER INSTRUMENTAL.
La participación de los usuarios no es un fin en sí mismo sino que tiene
carácter instrumental. Es un medio tendiente a obtener dos finalidades que
hacen al mejoramiento de la gestión pública: (i) Por un lado permite la
circulación de la información y la pone al alcance de los usuarios para que
puedan fundar adecuadamente su derecho y defender eficientemente sus
intereses, permitiéndole al estado escuchar a entidades especializadas y
representativas del sector, lo que a su vez le posibilitará cumplir
adecuadamente la manda constitucional de defender los intereses económicos
de los usuarios y, (ii) Por el otro, contribuye a la transparencia de los
procesos y constituye una de las medidas preventivas contempladas en la
Convención Interamericana Contra la Corrupción tendientes a evitar ese
flagelo que con tanta frecuencia nos acecha.
No es saludable dejar en la intimidad de la relación existente entre
concedente y concesionario o licenciatario la resolución de estas
cuestiones. La participación de los usuarios, legítimamente interesados en
la cuestión, ajenos a la familiaridad del concedente con el concesionario,
marcada por las virtudes y los vicios propios de nuestra administración
apremiada por las singulares urgencias de la política, aventa toda sospecha
de corrupción que con fundada generalidad existe en nuestro medio.
El proceso privatizador y sus sucesivas renegociaciones se llevaron a cabo
sin la participación de las asociaciones de usuarios y el resultado está a
la vista. Vemos contratos en los que se les otorgan ilegítimamente a los
concesionarios beneficios no previstos en los pliegos licitarios a expensas
de los usuarios y hasta del mismo estado nacional. Otro tanto cabe decir de
las sucesivas renegociaciones realizadas. Ello no hubiera sucedido tan
fácilmente si los usuarios hubiesen estado representados en tales procesos.
Pero, para que la participación pueda cumplir con ambos objetivos es
necesario que sea efectiva y real con acceso a toda la información y a los
equipos técnicos intervinientes, si no nos encontraríamos frente a una mera
apariencia que sólo contribuiría a disimular los peores vicios de la
administración.
En este momento, en mi carácter de representante de los Usuarios en la
Comisión de Renegociación de los Contratos de Servicios Públicos, me
encuentro realizando todo tipo de esfuerzos para lograr una participación
efectiva y real.
La tarea no es fácil si se tiene en cuenta que en lo que va del proceso tuve
que demandar al estado frente a las violaciones referidas más arriba, la
administración creó comisiones especiales sin la presencia de los usuarios
para renegociar las concesiones más escandalosas que son las del Correo y
Aeropuertos, aumentó las tarifas en más de un 360% y las estableció en
dólares americanos en el caso de la Hidrovía, Aeropuertos y terminales
portuarias, pese a estar expresamente prohibido por ley, otorgó subsidios a
los transportistas ferroviarios y entregó un importante parque rodante al
concesionario del FerroExpreso Pampeano. Todo ello por fuera de la Comisión
cuyo objeto es renegociar tales contratos.
Ya cuestioné en sede administrativa este proceder y lo hice en sede judicial
en lo que se refiere a la tasa de aeropuertos, obteniendo una medida
cautelar favorable. Estimulé en una serie de presentaciones públicas que las
empresas directamente afectadas cuestionen judicialmente la dolarización de
los puertos, lo que hicieron con éxito. Es decir, que promovimos que los
particulares afectados combatieran expresamente todo acto del estado que se
apartara de la legalidad y señalamos repetidamente que si el estado nacional
satisficiera en forma anticipada y antes de la renegociación las mayores
preocupaciones de los concesionarios, llevará a cabo una negociación torpe e
incompatible con la defensa del interés público y de los usuarios.
Además, se vulnera gravemente el principio de publicidad y transparencia
cuando, pese a que se dispuso la creación de La Comisión que “... procederá
a renegociar los contratos...”, con participación del Defensor del Pueblo de
la Nación y la integración de “... un representante de las Asociaciones de
Usuarios y Consumidores involucradas - en cumplimiento del Art.42 de la
Constitución Nacional -”, se resuelven, en forma previa a la renegociación,
aspectos esenciales de tales contratos por fuera de La Comisión, creada para
garantizar la eficiencia y transparencia en estas delicadas cuestiones.
La corrupción no es una suerte de maldición inevitable sino la consecuencia
directa de los actos y, especialmente, de las omisiones incurridas en
materia de control y transparencia. Es por ello que frente a la cantidad de
beneficios que se están otorgando a los concesionarios por fuera del proceso
de renegociación llegué a pensar en hacer circular por ante todos los entes
y O.N.G. nacionales y extranjeros de competencia en la materia un documento
que titularé “S.O.S. CORRUPCIÓN”, comunicando estos antecedentes y
exhortando a que realicen todas las gestiones y actos a su alcance
tendientes a que se cumpla con las normas preventivas contra la corrupción.
Ello sería mucho más eficiente y razonable que lamentarla o sancionar a toda
la comunidad por la inconducta de una minoría beneficiaria de tal
reprochable proceder. Entiéndase a esta presentación ante este Foro como el
primer S.O.S. de los usuarios Argentinos contra estas prácticas de su estado
nacional.
3.1 LOS OBJETIVOS DE LOS USUARIOS.
El objetivo esencial de la participación de los usuarios es que los
servicios públicos sean prestados con una calidad adecuada y a tarifas
justas y razonables, entendiéndose por tales aquéllas que pueden ser pagadas
por los usuarios de acuerdo con su actual situación económica. Esto requiere
reconocer que la cuestión tarifaria debiera abordarse considerando las
diferencias socio económicas existentes entre los usuarios y, por lo tanto,
la necesidad de una tarifa social que impida el agravamiento de la exclusión
social que la situación económica impone a millones de Argentinos.
Tal objetivo puede ser logrado respetando los derechos de los concesionarios
o licenciatarios, para lo cual se elaboraron seis puntos básicos para la
renegociación. Estos puntos destacan una visión histórica de la cuestión.
Esta coyuntura no puede analizarse sin considerar lo que sucedió en los años
de gestión previos a la emergencia.
Si bien la devaluación de la moneda nacional produce distorsiones que deben
considerarse en cuanto encarecen la adquisición de insumos importados, hay
que tener presente que tan severa devaluación también se debe a una
sobrevaluación previa de nuestra moneda que posibilitó a las empresas
remitir una mayor cantidad de utilidades en dólares por su operación de las
que hubiesen obtenido de haber existido un tipo de cambio más realista. Si
se soslayara esta realidad se estaría cargando en forma inequitativa sobre
los usuarios la cuestión cambiaria y liberando a los concesionarios de gran
parte de su riesgo empresario.
En caso de no poderse lograr los objetivos indicados se intentará que el
perjuicio a los usuarios sea el menor y que se produzca lo más tarde
posible. Asimismo, una vez terminado el proceso de renegociación se
producirá un informe dando cuenta de todos sus detalles y las acciones
políticas, sociales, administrativas y judiciales iniciadas, como así
también de cada una de las irregularidades y abusos de poder que se van
produciendo. Señalaremos como, por torpeza, falta de coraje, miopía o
intereses espúreos, se desperdicia esta oportunidad histórica.
LOS SEIS PUNTOS PROPUESTOS COMO BASES PARA LA RENEGOCIACIÓN SON LOS
SIGUIENTES:
3.1.1 OPOSICIÓN AL AUMENTO DE LAS TARIFAS.
No resulta admisible un aumento de tarifas puesto que conspiraría con la
universalidad de servicios públicos esenciales en el actual marco de
deterioro de los ingresos reales de los usuarios y consumidores.
3.1.2 LA UTILIDAD RAZONABLE Y LAS TARIFAS JUSTAS. LA URGENTE
IMPLEMENTACIÓN DE LA TARIFA SOCIAL.
El derecho de los concesionarios o licenciatarios a una utilidad razonable
debe apreciarse en todo el término del contrato y no debe limitarse al
análisis de la actual emergencia económica. Deberán ajustarse las utilidades
antes que las tarifas, considerándose un crédito a favor de los usuarios los
ilegítimos incrementos tarifarios producidos por aplicación de índices de
precios extranjeros. La emergencia social es un hecho irrefutable mientras
que la necesidad de aumentos tarifarios para sostener los servicios una
hipótesis a confirmar. Resulta esencial la reducción tarifaria para los
sectores más empobrecidos, a cuyo efecto proponemos que el estado nacional,
provincial y municipal liberen de toda carga impositiva directa a las
tarifas debiendo cada una de las empresas realizar un sacrificio equivalente
al del estado reduciendo un importe idéntico al de la carga impositiva
liberada. Los beneficiarios deberían ser los que reciben la asistencia de
planes sociales y quienes tienen un ingreso familiar inferior al necesario
para cubrir la canasta familiar.
3.1.3 EL ENDEUDAMIENTO EXTERNO DE LAS EMPRESAS CONSTITUYE UN RIESGO
EMPRESARIO.
Resulta inaceptable considerar que el endeudamiento externo de las empresas
en moneda extranjera constituye un costo a ser compensado por incrementos
tarifarios. La financiación mediante el aporte de terceros, sea a través de
créditos bancarios u obligaciones negociables, constituyen una decisión
empresaria que descartó aportes genuinos de capital de sus socios o mediante
el aumento del capital social y su apertura a terceros, ya sea en el mercado
público de acciones o mediante transacciones privadas.
Evitaron en el pasado invertir capital genuino y/o licuar sus
participaciones accionarias. Prefirieron endeudarse. Se trata de un riesgo
empresario asumido por las empresas que no debe ni puede trasladarse a los
usuarios.
Las empresas decidieron financiarse en el exterior y en moneda extranjera
debido a que el costo financiero resultaba infinitamente menor. Nunca
socializaron dichos beneficios ni plantearon trasladarlos a los usuarios con
reducciones tarifarias. No pueden pretender ahora socializar la pérdida o
compensarla con aumentos tarifarios.
Los usuarios no constituyen el seguro de cambio de las empresas prestadoras
de servicios públicos. Es hora de que afronten las consecuencias de su
política empresaria y asuman el costo del riesgo que asumieron.
3.1.4 MANTENIMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUMPLIMIENTO DE LAS
OBLIGACIONES CONTRACTUALES.
Deberá mantenerse la calidad de los servicios y todas las obligaciones
contractuales. Si alguna empresa no está en condiciones de hacerlo que se le
apliquen las sanciones previstas, incluyendo la rescisión por su culpa, en
cuyo caso podrá licitarse nuevamente seleccionando al oferente que ofrezca
el mejor servicio a la menor tarifa.
3.1.5 NECESIDAD DE AUDIENCIA PÚBLICA.
Antes de que el estado nacional asuma cualquier compromiso con las empresas
deberá someterse la cuestión a Audiencia Pública, con el propósito de
considerar los planteos ahí vertidos en la confección del correspondiente
documento contractual, a cuyo efecto el Estado Nacional deberá hacer un
análisis crítico de las cuestiones sometidas a consideración de la audiencia
a la luz del criterio establecido en el Art. 9 de la Ley 25.561, a saber:
“... 1) el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en
la distribución de los ingresos; 2) la calidad de los servicios y los planes
de inversión, cuando ellos estuviesen previstos contractualmente; 3) el
interés de los usuarios y la accesibilidad de los servicios; 4) la seguridad
de los sistemas comprendidos; y 5) la rentabilidad de las empresas...”.
3.1.6 SE REGULE EL PRECIO DE LOS COMBUSTIBLES, EN ESPECIAL EL DEL GAS EN
BOCA DE POZO.
Atento a la gravedad de la situación social en que nos encontramos y lo
insostenible de un aumento sustancial en las tarifas energéticas, el Poder
Ejecutivo Nacional debe ejercer su obligación constitucional de proteger
“... la seguridad e intereses económicos...” de los usuarios y de proveer a
“... la defensa de la competencia contra toda distorsión de los mercados
...” procediendo, conforme lo prevé expresamente el Art. 13 de la ley
25.561, a: (i) regular el precio del combustible en general y del gas en
boca de pozo en particular, (ii) mantener el valor del gas en boca de pozo
en pesos vigente con anterioridad a la sanción de la ley 25.561 a una
paridad de ($1=U$S1) un peso un dólar. Y (iii) No autorizar ningún aumento
hasta tanto se acredite fehacientemente el aumento efectivo de los costos de
producción en cada caso concreto y en la medida de la incidencia de estos
últimos.
3.1.7 LAS DIFERENTES ETAPAS DE INTERVENCIÓN.
Hasta el momento no comenzó el proceso de renegociación entendido como el
intercambio de posiciones entre el estado y las empresas con participación
del representante de los usuarios. Simplemente el estado recabó información
e intenta impulsar un aumento sin renegociación a cuenta de otro mayor y
futuro. Pretende hacerlo basado en una emergencia en el servicio mientras
los usuarios se oponen y requieren participación en las Áreas técnicas, todo
lo que es objeto de debate judicial.
La intervención del representante de los usuarios y sus asesores es Ad
Honorem. No se destinó ningún recurso especial a tal fin ni existen
previsiones de que ello ocurra pese que el resultado de la gestión que
permitió que luego de transcurridos más de nueve meses de la emergencia
económica y la devaluación de la moneda aún no se hayan incrementado las
tarifas, implicó un beneficio para toda la población e impidió el efecto
inflacionario que sobre la economía general tienen los incrementos
tarifarios. Asimismo, el transcurso del tiempo demostró que la urgencia de
los aumentos tarifarios y el peligro en la continuidad de los servicios
alegada por las empresas no lo era tal y que algunos de sus accionistas
están dispuestos a asumir la deuda de sus empresas, máxime cuando las han
garantizado.
La posición del estado de impulsar aumentos de emergencia a cuenta de los
que resulten de la renegociación dilata innecesariamente la cuestión de
fondo y en lugar de elaborarse una propuesta de renegociación de La Comisión
a las empresas nos encontramos sumergidos en un debate inútil sobre cómo
solucionar una emergencia del servicio que, en realidad, no existe. Es por
eso que impulsamos, con todos los medios a nuestro alcance, dejar de lado el
planteo oficial no contemplado en la ley de la supuesta emergencia dentro de
la emergencia y que nos aboquemos de una vez por todas a la Renegociación de
cada contrato, como por derecho corresponde.
3.2 LOS PRINCIPALES OBSTÁCULOS.
La falta de una política de servicios públicos del estado nacional, la
debilidad política propia de un gobierno de transición y la falta de
convicción oficial en que la participación de los usuarios puede contribuir
al mejor desarrollo del proceso y el consiguiente ocultamiento de
información de la que fue objeto, motivó un enfrentamiento judicial entre el
representante de los usuarios y las ONG que lo propusieron con el estado
nacional que dificulta una adecuada defensa del interés público y de los
usuarios en que el estado nacional y la sociedad civil debieran estar
asociados.
Los usuarios tienen mayor libertad para cuestionar los errores e
ilegalidades del pasado y el estado nacional prodría servirse de ella
rectificando un rumbo equivocado que nos llevó a una situación de la que
todos queremos salir.
El desafío que tenemos por delante es justamente la construcción de un
esquema de mutua confianza donde el estado pueda servirse de las posiciones
del representante de los usuarios para enmendar las distorsiones y errores
del pasado, elaborando propuestas de renegociación que garanticen a la vez
la accesibilidad de servicios públicos eficientes a tarifas justas y
razonables, respetando los derechos adquiridos por las empresas sin
menoscabar los de los usuarios.
|