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CASOS

Mecanismos anticorrupción

 

Movilización ciudadana en México, el caso de Alianza Cívica

Presentador de caso

Silvia Alonso Félix

Secretaria Ejecutiva, Alianza Cívica

 

En México no existen mecanismos claros para informar a la ciudadanía acerca de la asignación y aplicación de los recursos públicos, favoreciendo con ello que éstos sean utilizados en ocasiones, de manera discrecional y con objetivos distintos para los que fueron destinados.

 

Las partidas secretas, o fondos reservados, no son ilegales, en la mayoría de los países de América Latina, se mantienen bajo la premisa de que son necesarios para afrontar problemas de seguridad nacional,[1]  pero no están sujetos a ningún tipo de fiscalización del legislativo y mucho menos de la ciudadanía.

 

Alianza Cívica se creó en 1994 para observar las elecciones presidenciales de ese año. Como resultado de esa observación, se informó con rigor y objetividad sobre las condiciones de inequidad en que se dio el proceso y las irregularidades que se cometieron el día de la jornada electoral, así como los resultados del conteo rápido el cual mostró con gran exactitud las tendencias electorales a favor de Ernesto Zedillo.

 

La experiencia de 1994 nos confirmó que además de luchar por elecciones limpias y confiables teníamos que seguir trabajando en la construcción de una cultura democrática, con ese propósito establecimos varios programas, uno de los cuales se orientó a monitorear el comportamiento de los funcionarios públicos. 

 

Este proyecto, llamado “Adopte un funcionario” es una iniciativa ciudadana orientada a observar y documentar, desde una perspectiva no gubernamental y no partidista, el desempeño de los funcionarios públicos en México.  Este programa pretende que la ciudadanía se interese en los asuntos públicos, y que los funcionarios informe a la ciudadanía de manera regular sobre sus actividades.

 

Este programa se desarrolló en dos vertientes:

 

ü       La recuperación de la información sobre la forma como se manejaban los presupuestos públicos y,

ü       La utilización de medios jurídicos para obligar a los funcionarios a que entregaran información sobre la forma como se gastaban los recursos, o los ingresos que obtenían.

 

Por su importancia  y simbolismo el primer funcionario elegido fue el presidente de la República, Ernesto Zedillo, sobre el que probamos los instrumentos legales que garantizan los derechos de petición y de información. 

 

Uno de los casos mas notorios de la discrecionalidad en el presupuesto de egresos del gobierno federal era la “partida secreta” del presidente.  Estipulada como una prerrogativa a nivel constitucional, esta partida de “erogaciones contingentes” era asignada año tras año, bajo una gran discrecionalidad , sin que el presidente tuviera que rendir cuenta alguna sobre su uso.

 

Por ello, se decidió estudiar los ingresos que tenía y los privilegios de que disfrutaba el presidente de la república.  Los resultados de las investigaciones fueron desalentadores, porque lo que se encontró no coincidía con lo que el presidente había estado declarando desde que era candidato.  Nuestro estudio demostró que mantenía privilegios y discrecionalidades en el manejo de los recursos de la presidencia. 

 

Constató una serie de ambigüedades en relación a la información que debía ser de dominio público.  Los resultados obtenidos evidenciaron la gran dificultad para obtener información sobre cualquier aspecto relacionado con la Presidencia de la República y el Presidente, principalmente sobre sus ingresos reales; así como el manejo discrecional del enorme monto que el presidente tenía a su disposición en la “partida secreta” consignada en el Presupuesto de Egresos de la Federación bajo el rubro de “erogaciones contingentes” de acuerdo con la Fracción IV del Artículo 74 de nuestra Constitución.

 

Por lo anterior, la coordinación nacional de Alianza Cívica decidió ejercer su derecho a petición consagrado en el Art. 8º Constitucional y solicitó a la presidencia de la república la siguiente información:

 

  • El organigrama completo y las funciones de todas las oficinas y asesores del Presidente.
  • La forma en que había ejercido la suma que por Ley le fue asignada al Presidente de la República y a sus oficinas para desahogar la gestión gubernamental.
  • El monto al que ascendía el ingreso mensual del Presidente de la República con cargo al erario público, incluyendo el salario aprobado por el Congreso de la Unión, el sistema de bonificaciones y compensaciones, así como cualquier otra cantidad con cargo al erario público.
  • Las condiciones bajo las que haría pública su declaración patrimonial el Presidente de la República.

 

Pese a las promesas de participación y apertura que este presidente había ofrecido durante su campaña, no obtuvimos respuesta a la petición durante más de un año.  Por ello, Alianza Cívica inició un juicio de amparo por violación de garantías individuales en contra de la Presidencia, obteniendo un fallo favorable, que obligaba a la Presidencia a responder.

 

Lo extraordinario e inédito es que la autoridad correspondiente dio la razón a Alianza Cívica cuatro veces a lo largo de una disputa jurídica de dos años. La Procuraduría General de la República, como abogado del Ejecutivo, respondía que ya nos había dado la información al enviarnos un organigrama. En Alianza Cívica, argumentábamos que no había respondido el presidente.

 

Si bien con la respuesta enviada por la Presidencia había sido restituido nuestro derecho de petición, no así el derecho a la información ya que los datos enviados por las autoridades de la Presidencia no subsanaban los vacíos de información existente.

 

Se presentó entonces una demanda ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (1997) por violación a su derecho a la información. "Un año después se declaró incompetente la comisión y ya hasta ahí llegamos. Había sido un juicio largo y no se contaba con recursos económicos”[2].

 

Este acercamiento a la Presidencia de la República nos dejó varias conclusiones:

 

  • La falta de claridad que había en torno a lo que es público y lo que es confidencial.
  • La falta de mecanismos para el monitoreo ciudadano de la gestión pública.
  • La necesidad de que las declaraciones patrimoniales consideradas en la Ley Federal de responsabilidades de Servidores Públicos fueran obligatorias ya esto quedaba  a la voluntad de los servidores que desearan hacerla.
  • Que pese a las limitaciones que tenía, era necesario que la ciudadanía y sus organizaciones ejercieran el derecho a la información.

 

Este proceso innovador, basado en la simple aplicación de derechos constitucionales tuvo alcances importantes en dos puntos clave:

 

  1. En los años subsiguientes, se redujeron considerablemente los fondos destinados a la partida secreta al grado de que para el año 2000, el presidente Zedillo anunció que ya no pediría al Congreso más dinero para el fondo reservado en el presupuesto para la partida secreta.

 

 

                                  Gráfica 1[3]

 

 

En el año 2001, el Gobierno del Presidente Fox,  sometió a consideración del H. Congreso de la Unión una iniciativa de Reforma la Constitución, a fin de eliminar las partidas de gasto cuyo ejercicio no pueda ser fiscalizado.  El ejecutivo propuso eliminar la partida secreta y crear la categoría de “gastos de carácter confidencial”, los cuales serían destinados exclusivamente a asuntos de seguridad pública nacional.  Esos gastos estarían sujetos a principios de transparencia, al ser revisados por la entidad de fiscalización superior de la Federación.

 

  1. Contribuimos a dar el primer paso para abrir el debate en torno al derecho ciudadano del libre acceso a la información, el cual en la práctica estaba muy lejos de ser pública.  Los pasos subsecuentes fueron posibles gracias al impacto de estas acciones iniciales, a la llegada de diputados de oposición a puestos clave dentro de las Comisiones de la Cámara de Diputados, al interés que despertó el tema en los medios de comunicación  y a la decidida actuación de diferentes actores sociales y políticos que tomaron la tarea de lograr transparentar la información pública.

 

Finalmente, el pasado mes de junio del presente año, fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Esta ley, sancionada por el presidente de la República en junio pasado, establece el procedimiento mediante el cual los ciudadanos mexicanos puedan tener acceso a datos informativos. Con esta ley se crea la figura del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, que resolverá controversias cuando una dependencia se niegue a entregar informes.

 

Si bien estamos, satisfechos por el impacto logrado en este proyecto, estamos conscientes que la sola aprobación de nuevas leyes frecuentemente no tiene  el impacto deseado por la falta de voluntad política de los gobiernos para implementarlas.

 

Por ello, y acorde al objetivo de continuar contribuyendo a la Trasparencia del Ejercicio de Gobierno, Alianza Cívica está desarrollando otras iniciativas que buscan incidir  en el combate a la corrupción, mediante la promoción de la participación ciudadana.

 

En la búsqueda de instrumentos que permitan la transparencia del ejercicio de gobierno y  de los recursos públicos, actualmente Alianza Cívica  esta llevando a cabo un ejercicio de participación ciudadana en la vigilancia de los gobiernos locales que se ha concentrado en cuatro aspectos:

 

    • planeación,
    • presupuesto,
    • gestión de gobierno y,
    • rendición de cuentas.

 

Los y las ciudadanas que están participando dentro de este ejercicio están monitoreando tres puntos fundamentales:

 

  1. La responsabilidad de las autoridades que buscan satisfacer las necesidades de la población.
  2. Si existe libre acceso a la información sobre los recursos monetarios los programas, acciones y obras que realiza el municipio
  3. Si las autoridades municipales permiten o promueven la participación en las decisiones y acciones del municipio.

 

Para el desarrollo de este ejercicio ciudadano diseñamos y estamos aplicando un sistema de indicadores cuantitativos y cualitativos que nos permitan conocer la calidad de la gestión de gobierno y la percepción ciudadana acerca del desempeño de sus autoridades municipales.

 

La meta es contribuir a  establecer una interlocución más eficaz gobierno - sociedad civil, traducida a una mayor transparencia, honestidad y eficiencia en el uso de los recursos públicos, y una multiplicación de la experiencia.

 

 

 

 

 

 



[1] Oppenheimer Andrés.  La Clave no es la corrupción sino la impunidad”. www.eluniversal.com, 7 de nov.  de 1999.

[2] Aguayo Sergio. “ Las violaciones a la información de los mexicanos. La demanda de Amparo de alianza Cívica contra la presidencia de la República.

[3] UNIDAD DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y VOCERA/UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL. SHCP
Informe del 18 al 22 de junio de 2001


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