Marco de acceso a la información
Marco normativo
La Política del Banco Mundial sobre el Acceso a la Información ha ayudado a que la institución sea un líder mundial en materia de transparencia y rendición de cuentas. La política se basa en el principio de que el Banco Mundial (el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y la Asociación Internacional de Fomento) divulgará cualquier información en su poder que no esté incluida en su lista de excepciones.
La política también establece un proceso claro para poner la información a disposición del público y el derecho de apelar si los solicitantes de información consideran que se les negó el acceso de manera inapropiada o irrazonable, o si creen que existe un caso de interés público para anular una excepción que restringe el acceso a determinada información.
Más información
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Política sobre el Acceso a la Información (en inglés)
Directiva sobre el Acceso a la Información (en inglés)
Procedimiento sobre el Acceso a la Información (en inglés)
- two-column
Lista de excepciones
De conformidad con la Política sobre el Acceso a la Información, el Banco Mundial no proporciona acceso a información que contenga o se refiera a:
- Información personal
- Comunicaciones de las oficinas de los gobernadores o de los directores ejecutivos
- Comité de Ética
- Relación de confidencialidad entre abogado y cliente
- Seguridad
- Información restringida en el marco de mecanismos de divulgación independientes y otra información sobre investigaciones
- Información confidencial proporcionada por países miembros o por terceros
- Temas administrativos institucionales
- Información sobre deliberaciones
- Información financiera
El Banco también se reserva el derecho de no divulgar, en circunstancias excepcionales, información que habitualmente daría a conocer si determina que tal difusión podría causar perjuicios que superan los posibles beneficios.
Para obtener detalles sobre las excepciones, puede consultar la sección III de la Política sobre el Acceso a la Información.
Para obtener detalles sobre las prerrogativas de divulgar y restringir el acceso a la información, puede consultar la sección IV de la Política sobre el Acceso a la Información.